Cómo facturar a clientes extranjeros siendo autónomo en España
Última actualización: 20 de septiembre de 2026 · Contenido con carácter divulgativo, no sustituye asesoría fiscal profesional.
Cada vez es más habitual que un freelance en España trabaje para clientes de otros países. El problema es que las reglas de IVA cambian según dónde esté tu cliente y si es una empresa o un particular — y equivocarte aquí puede salir caro. Vamos a verlo sin liarnos.
Lo primero: distingue estos tres escenarios
Antes de nada, identifica en cuál de estos tres casos está tu cliente, porque cada uno tiene reglas distintas:
- Empresa dentro de la Unión Europea (con NIF-IVA intracomunitario válido)
- Particular dentro de la Unión Europea (sin NIF-IVA, consumidor final)
- Cliente fuera de la Unión Europea (empresa o particular, cualquier país no UE)
Facturar a empresas dentro de la Unión Europea
Si facturas a una empresa de otro país de la UE (por ejemplo, una empresa alemana o francesa) que tiene NIF-IVA intracomunitario válido, aplica la inversión del sujeto pasivo: tú emites la factura sin IVA, y es el cliente quien se autoliquida el IVA en su propio país.
Pasos previos obligatorios
- Darte de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) a través del modelo 036, para obtener tu propio NIF-IVA intracomunitario.
- Verificar que el NIF-IVA de tu cliente es válido usando el sistema VIES de la Comisión Europea, antes de emitir la factura sin IVA.
- Presentar el modelo 349 (declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias) de forma periódica, además de tu IVA trimestral habitual.
En la factura debes indicar la mención legal correspondiente, habitualmente algo como: "Operación con inversión del sujeto pasivo - Artículo 196 de la Directiva 2006/112/CE".
Facturar a particulares dentro de la Unión Europea
Aquí la cosa cambia: si tu cliente es un particular (no una empresa) en otro país de la UE, en general debes aplicar el IVA español (o, en determinados servicios digitales, el IVA del país del consumidor a través del sistema OSS - One Stop Shop, si superas ciertos umbrales de venta a consumidores UE). Este es uno de los puntos más confusos de la normativa europea de IVA, y depende del tipo de servicio que prestes — conviene confirmarlo con tu gestor caso por caso.
Facturar a clientes fuera de la Unión Europea
Cuando el cliente (empresa o particular) está fuera de la UE, la operación se considera exportación de servicios y, en la mayoría de los casos, la factura se emite sin IVA, indicando la exención correspondiente en la factura (por ejemplo: "Operación no sujeta a IVA - Artículo 69 LIVA, prestación de servicios a no establecido en la UE").
No hace falta registro ROI para esto, pero sí es importante poder demostrar que el cliente está realmente establecido fuera de la UE si Hacienda te lo pide (dirección fiscal, documentación del cliente).
Qué debe llevar siempre tu factura internacional
- Tu nombre completo, NIF y domicilio fiscal (igual que en cualquier factura española)
- Nombre, dirección y NIF/VAT number del cliente
- Número de factura correlativo, dentro de tu misma numeración habitual
- Descripción clara del servicio prestado
- La mención legal de exención o inversión del sujeto pasivo que corresponda al caso
- Fecha de emisión
Cómo cobrar de clientes internacionales
Para transferencias dentro de la zona SEPA (Unión Europea + algunos países más), una cuenta bancaria normal funciona sin coste añadido. Para clientes fuera de SEPA, muchos freelancers usan plataformas especializadas en pagos internacionales que suelen ofrecer mejores tipos de cambio que la conversión automática de un banco tradicional — compara comisiones antes de decidir cuál usar, varían bastante entre plataformas.
Errores comunes al facturar en el extranjero
- No verificar el NIF-IVA del cliente en VIES antes de facturar sin IVA. Si el número no es válido en el momento de la operación y aplicas la inversión del sujeto pasivo igualmente, Hacienda puede exigirte el IVA que no cobraste, con recargo.
- Olvidar presentar el modelo 349. Muchos autónomos se dan de alta en el ROI, facturan correctamente sin IVA, pero se olvidan de la declaración recapitulativa periódica — es un trámite aparte del IVA trimestral habitual, fácil de pasar por alto si no lo tienes marcado en el calendario.
- Asumir que "cliente extranjero" siempre significa "sin IVA". Como hemos visto, depende de si es empresa o particular, y de si está dentro o fuera de la UE — no es una regla única.
- No guardar prueba de que el cliente está realmente establecido donde dice. Ante una inspección, tener a mano el registro mercantil del cliente, su web corporativa, o la correspondencia comercial ayuda a justificar el tratamiento fiscal aplicado.
- Perder dinero en comisiones de cambio de divisa sin comparar antes. Si cobras habitualmente en dólares u otra divisa distinta al euro, las comisiones de conversión varían mucho entre bancos y plataformas de pago — merece la pena comparar antes de acumular muchas operaciones con la opción más cara.
Preguntas frecuentes
¿Necesito estar en el ROI para facturar a cualquier país de la UE?
Solo es obligatorio si facturas a empresas (operaciones B2B intracomunitarias). Si solo facturas a particulares o a países fuera de la UE, no es necesario.
¿Qué pasa si mi cliente de la UE no tiene NIF-IVA válido en VIES?
Entonces no puedes aplicar la inversión del sujeto pasivo — trátalo como una operación normal con IVA español hasta que el cliente regularice su situación, o consúltalo con tu gestor.
¿Debo declarar estos ingresos de forma distinta en mi IRPF?
No, los ingresos de clientes extranjeros se declaran igual que cualquier otro ingreso de tu actividad en el IRPF — lo que cambia es únicamente el tratamiento del IVA, no el IRPF.
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